¿Qué significa...?

  • Deuda viva

    La deuda viva es la totalidad de la deuda pendiente de pagar que tiene el Ayuntamiento procedente de préstamos a largo plazo con entidades financieras y avales.
  • Deuda viva / Ingresos corrientes

    "Es la relación porcentual entre la deuda viva (deuda pendiente de pagar del Ayuntamiento) y los ingresos corrientes (los que no proceden ni del capital ni tienen carácter financiero). Viene a significar que porcentaje supone la deuda viva dentro del total de ingresos corrientes."
  • El presupuesto municipal

    El presupuesto de un Ayuntamiento es un documento que se aprueba por el Pleno y especifica los gastos que como máximo se realizarán durante el ejercicio y los ingresos que se prevén obtener durante el mismo periodo. Todas las entidades locales están obligadas a aprobar su presupuesto del año en el último trimestre del año anterior. De esta manera el 1 de enero de cada año tienen que tener su presupuesto aprobado. No obstante, si al comenzar el año no hubieran aprobado el presupuesto, la normativa establece que se prorroga automáticamente el del ejercicio anterior.
  • Gastos por habitante

    Este indicador se obtiene al dividir las obligaciones reconocidas netas en un ejercicio entre el número de habitantes, es decir, los gastos / nº habitantes.
  • Impuesto de actividades económicas

    El IAE es un impuesto directo, real y obligatorio, que grava la realización de cualquier tipo de actividad económica, tanto si es ejercida por una persona física como jurídica. Tienen que pagar este impuesto las empresas o entidades que han obtenido una cifra neta de negocio igual o superior al millón de euros durante el penúltimo ejercicio. La gestión de este impuesto la comparte el municipio y la Administración tributaria del Estado.
  • Impuesto de vehículos de tracción mecánica

    El impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM) es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos aptos para circular por vías públicas. Tiene que pagar anualmente este impuesto los propietarios de vehículos dados de alta. La gestión de este impuesto es íntegramente municipal.
  • Impuesto sobre bienes inmuebles

    El IBI es un impuesto municipal, directo, real, objetivo, periódico y obligatorio, que grava el valor de los bienes inmuebles. Están obligados a pagar este impuesto los propietarios, usufructuarios o concesionarios de cualquier bien inmueble o propiedad (piso, plaza de garaje, trastero, tienda, casa, despacho, etc…). En caso de transmisión, el nuevo propietario ha de pagar el impuesto a partir del año siguiente. La gestión de este impuesto la comparte el municipio y la Administración tributaria del Estado.
  • Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras

    El ICIO es un tributo municipal que un Ayuntamiento puede exigir si previamente lo ha aprobado en la Ordenanza fiscal correspondiente. El ICIO se tiene que pagar por la realización dentro del término municipal de cualquier construcción, instalación u obra para la cual se requiera obtener una licencia urbanística o presentar una declaración responsable o una comunicación previa. La gestión de este impuesto es íntegramente municipal.
  • Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

    El IIVTNU es un tributo directo que grava el incremento de valor que ha experimentado un terreno mientras una persona ha sido propietaria de un piso, aparcamiento, trastero, local, terreno, etc… Tiene que pagar este impuesto la persona que vende un piso, una plaza de garaje, un trastero, una tienda, una casa, etc.., por el incremento del valor que ha experimentado el terreno mientras ha sido propietario. En caso de herencia o donación, es el nuevo propietario quien tiene que pagar el impuesto. La gestión de este impuesto es íntegramente municipal.
  • Ingresos fiscales por habitante

    La fórmula para calcular los ingresos por habitante es: ingresos tributarios / nº habitantes. Es un indicador que se calcula una vez liquidado el presupuesto del ejercicio.